Abril de 2021

Nos unimos al nuevo proyecto de la Fundación Nueva Cultura del Agua cuyo objetivo es proteger las fuentes del abastecimiento doméstico de agua en España y reforzar la aplicación de la nueva Directiva de Agua Potable

La Fundación Nueva Cultura del Agua (FNCA), con la colaboración de la Asociación Española de Operadores Públicos de Abastecimiento y Saneamiento (AEOPAS), tiene como objetivo realizar una recopilación y análisis de casos de estudio en los cuales la garantía de abastecimiento doméstico se ha visto amenazada por el deterioro de la calidad o cantidad de las fuentes de aguas subterráneas o superficiales de las que dependen. Propondremos medidas para asegurar de forma más efectiva la protección de las fuentes del abastecimiento doméstico de agua; y así reforzar la aplicación de la revisada Directiva de Agua Potable en España.

9 de abril de 2021

La Mancomunidad y la Junta abordan la depuración en la Sierra de Cádiz

Sierra de Cádiz A inicios del mes de abril nos acompañamos al presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz y de la empresa pública Aguas Sierra de Cádiz, Carlos Javier García, ha una reunión de trabajo con el secretario general de Infraestructuras del Agua de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, Sergio Arjona, en torno a la necesaria acometida de las obras de depuración pendientes en la comarca. En la misma solicitamos que los planes europeos Next Generation se destinen a las  necesidades de abastecimiento que existen en los pueblos.

Fuente: Diario de Cádiz

27 de abril de 2021

Dentro del marco del Observatorio del Agua de EMASESA participamos en el dos documentos que consideramos claves para definir acción estratégica del operador público del área metropolitana de Sevilla: la Matriz de Materialidad y los Fundamentos del Plan Estratégico EMASESA2030.

 

Para ello, participamos en una sesión extraordinaria telemática el día 27 de abril, con el siguiente desarrollo:
1. Presentación del Observatorio: Dirección de EMASESA
2. Elaboración de la Matriz de Materialidad.
3. Elaboración del Plan Estratégico.
4. Debate y conclusiones.

 

Mayo de 2021

AEOPAS y La consulta pública.

Desde Aeopas queremos expresar que nos encontramos ante una oportunidad para mejorar la gestión del agua en nuestro país.

 

Recientemente el Ministerio de Sanidad lanzó una consulta pública la propuesta de proyecto del Real Decreto por el que se establecen los criterios técnico sanitarios del suministro y control de la calidad del agua de consumo.

Detalles de la directiva

Esta nueva directiva, aprobada ya por el Parlamento Europeo, debe ser transpuesta por cada país miembro de la Unión Europea en un plazo de dos años. En este sentido desde Aeopas queremos expresar que nos encontramos ante una oportunidad para mejorar la gestión del agua en nuestro país.
La Directiva de agua potable (Directiva 98/83/CCE), al igual que su antecesora la Directiva 80/778/CEE, se diseñó específicamente para proteger a la población de los efectos del consumo de agua contaminada. En el comienzo del proceso de revisión, en 2014, que ha culminado con la aprobación de la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2020 relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (versión refundida), la Comisión (CE) valoró que en general su aplicación había sido relativamente buena, pero que su enfoque de control de la calidad en el punto de consumo (a final de tubería) estaba basado en parámetros obsoletos, definidos hacía más de veinte años y totalmente superados por los planteamientos ecosistémicos introducidos por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2000 por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (DMA).
A ello se añadió la adopción por la CE de la Iniciativa Ciudadana Right2Water «El derecho al agua y el saneamiento como derecho humano. ¡El agua no es un bien comercial sino un bien público!» (Comunicación de la CE de 19 de marzo de 2014). La Iniciativa instaba a la revisión de la Directiva de agua potable (DAP) en el sentido de incluir la obligación de que las instituciones comunitarias y los Estados miembros velen por que todos los ciudadanos puedan ejercer los Derechos Humanos al Abastecimiento y Saneamiento (DHAS), reforzando así las posiciones partidarias de que el abastecimiento de agua no se rija por las normas del mercado interior y quede fuera del proceso de liberalización. Estos objetivos, además, están en sintonía con la Agenda 2030, y en concreto con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) nº 6 y la meta asociada de “lograr el acceso universal y equitativo al agua potable a un precio asequible para todos”, adoptados por NNUU en 2015.
La combinación de estos procesos de cambio hace que la nueva Directiva, aun conservando en su denominación la referencia a “la calidad de las aguas destinadas al consumo humano”, amplíe profundamente sus contenidos e incorpore taxativamente en su artículo 1 objetivos más complejos: “La presente Directiva tiene por objeto proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas destinadas al consumo humano garantizando su salubridad y limpieza, y mejorar el acceso a las aguas destinadas al consumo humano.”
El proceso de revisión y reforma de la normativa europea que ha dado lugar a la nueva Directiva ha suscitado muchos debates sobre la profundidad de los cambios que estos nuevos planteamientos sanitarios, ecológicos y sociales implicaban. Los resultados no han satisfecho por igual a todas las partes especialmente en los aspectos de garantía del DHAS y en algunos aspectos referentes a los procedimientos de gobernanza.
Sin embargo, el proceso de transposición de la Directiva comunitaria al respectivo ordenamiento jurídico nacional, en este caso español, abre la posibilidad de concreción, profundización y contextualización de manera adecuada, tal como las necesidades y demandas de la sociedad lo exigen en el caso del Estado español. Se ha criticado en algunos casos la falta de naturaleza normativa precisa y de aplicación general de algunas de las determinaciones de la DAP, en función del principio de subsidiariedad establecido en el artículo 5 del Tratado de la UE, que se menciona tres veces en el texto. Este mismo principio, concretado en las decenas de ocasiones que la DAP se refiere a los “Estados miembros” como sujetos activos del desarrollo y aplicación de la nueva normativa, proporciona grandes potencialidades al proceso de transposición, algunas de las cuales mencionamos a continuación sin ánimo de exhaustividad:

Salud y Medio Ambiente

En aspectos sanitarios, en los casos en que sea necesario para proteger la salud humana en sus territorios respectivos, debe exigirse a los Estados miembros que fijen valores para parámetros adicionales a los incluidos en el anexo I, basados en el principio de cautela. Pero lo que es más novedoso y complejo, en los nuevos enfoques relacionados con la gestión del riesgo en origen, los Estados miembros deben caracterizar las zonas de captación de los puntos de extracción y detectar los peligros y eventos peligrosos que podrían causar el deterioro de la calidad del agua, por ejemplo, las posibles fuentes de contaminación ligadas a estas zonas de captación.
Esta obligación de los Estados se debe materializar en los procesos de planificación de demarcaciones hidrográficas que, en conformidad con la DMA, ha entrado ya en su tercer ciclo de planificación. Efectivamente, como establece el considerando 18, la Directiva 2000/60/CE exige a los Estados miembros que especifiquen las masas de agua utilizadas para la captación de aguas destinadas al consumo humano, hagan un control de estas masas de agua y adopten las medidas necesarias para evitar el deterioro de su calidad a fin de reducir el nivel del tratamiento de purificación necesario para la producción de aguas aptas para el consumo humano.
También la evaluación del riesgo de los sistemas de distribución domiciliaria debe incluir, como indica el considerando 19, entre otros aspectos, una atención central al control de locales prioritarios determinados por los Estados miembros, como hospitales, instituciones sanitarias, residencias de ancianos, guarderías, escuelas, instituciones educativas, edificios en los que se ofrecen servicios de alojamiento, restaurantes, bares, centros deportivos y comerciales, centros de exposiciones, de recreo y ocio, centros penitenciarios y zonas de acampada, y una evaluación de los riesgos derivados de los sistemas de distribución domiciliaria y de los productos y materiales relacionados.
También, atendiendo a las recomendaciones del anterior Relator de NNUU para los DHAS, Léo Heller sobre la exigibilidad de estos derechos en los espacios públicos y comunes, debería extenderse el control a las instalaciones de suministro público de agua ubicadas en estos ámbitos, como pueden ser, por ejemplo, las fuentes.
La introducción del enfoque basado en riesgos como un medio para garantizar la calidad del agua, así como la clara distinción entre las fases del proceso de suministro de agua potable (extracción, suministro, distribución) son aportaciones importantes de la nueva Directiva. Este enfoque favorece soluciones rentables y flexibles que se adapten a las características locales, da más presencia a las entidades responsables de los sistemas de gestión del agua nacionales y regionales, y se conecta adecuadamente con las medidas preventivas de la DMA. Pero para desarrollar con éxito esta estrategia, la aplicación de la Directiva debe estar respaldada por un marco institucional y normativo sólido, que garantice la coordinación de todas las partes interesadas y asigne claramente responsabilidades a los actores, así como autoridad y competencia (incluidas las financieras) para realizar las acciones necesarias.
Las medidas de control para gestionar los riesgos de las cuencas hidrográficas deben estar respaldadas por un marco de gobernanza claro. En el Estado español los operadores del agua no tienen competencias para intervenir en las masas de origen de los recursos. Sin embargo, pudiera ser que la responsabilidad de implementar la evaluación de riesgos y proponer medidas de prevención o mitigación acabe recayendo, al menos parcialmente, en los operadores del agua. En este aspecto hay elementos relacionados con los usos del suelo para la protección de los recursos hídricos que deben de tomarse en consideración y que el proceso de transposición debe abordar. También debería afrontarse el grave problema de las fuentes puntuales y difusas de contaminación mediante una aplicación más rigurosa del principio de que quien contamina paga. Del mismo modo, los contenidos sobre el riesgo de distribución a escala doméstica abren cuestiones sobre responsabilidades de gestión y reducción del riesgo, incluido el papel de los propietarios, que habrá que abordar en el proceso de trasposición.
Estos y otros temas abren, en definitiva, importantes posibilidades y obligaciones al proceso de transposición, que se beneficia del amplio margen de maniobra normativa por parte de los Estados miembros en todos ellos.

Derecho Humano al Agua

Por su parte, el nuevo artículo dedicado al Acceso al agua destinada al consumo humano (el artículo 16, que durante el proceso de ‘triálogo’ ha sido el artículo 13) ha ocupado un lugar central en los debates. La propuesta aprobada por el Parlamento Europeo en octubre de 2018 recogió la obligación para los Estados miembros de adoptar las medidas necesarias “para mejorar el acceso universal de todos a las aguas destinadas al consumo humano y promover su uso en su territorio”. Estas medidas incluyen “identificar a las personas sin acceso o con acceso limitado al agua destinada al consumo humano, incluidos los grupos vulnerables y marginados, y las causas de esa falta de acceso”, así como la adopción de medidas necesarias para garantizar el acceso al agua potable para estos grupos, como “instalar y mantener equipos de exterior e interior, incluidos los puntos de abastecimiento, para el acceso gratuito al agua destinada al consumo humano en los espacios públicos”. El artículo 16, incorporado en la versión refundida finalmente aprobada, no garantiza el acceso a la red de suministro en el domicilio, ni menciona la prohibición o regulación de los cortes del suministro. Por su parte, con respecto al saneamiento, la directiva no se refiere de manera expresa a él: hay que tener en cuenta que el vertido es objeto de otra directiva específica, la Directiva de tratamiento de aguas residuales urbanas (Directiva 91/271/CEE).
Es de destacar que al referirse al acceso al agua (accesibilidad), la revisión incide de manera especial en colectivos vulnerables desde una perspectiva étnica, cultural, de situación socioeconómica colectiva. La primera propuesta de la Comisión definía a los grupos vulnerables y marginales, como “las personas aisladas de la sociedad, debido a la discriminación o a la falta de acceso a derechos, recursos u oportunidades, y que, con respecto al resto de la sociedad, están más expuestas a una serie de posibles riesgos relacionados con su salud, seguridad, falta de educación, implicación en prácticas perniciosas u otros riesgos”. En la versión final se dice que “Sin perjuicio del derecho de los Estados miembros a definir los grupos, sería importante que estos grupos incluyan a los refugiados, las comunidades nómadas, las personas sin hogar y las culturas minoritarias como los gitanos e itinerantes, sean sedentarios o no” (Considerando 35), o “… el acceso de colectivos vulnerables y marginados tal como los determinen los Estados miembro” (artículo 16.1), con lo que se abre un espacio a la profundización contextualizada también en este importante tema que afecta de manera lacerante a grandes sectores de trabajadores agrícolas temporeros de las zonas de agricultura más intensiva y productiva del país, en las que a lo largo de la pandemia no se ha logrado siquiera establecer esos “… sistemas de suministro alternativos, por ejemplo, dispositivos de tratamiento individuales, el suministro de agua mediante depósitos, como, por ejemplo, camiones y cisternas, y la instalación de las infraestructuras necesarias para los campamentos” (Considerando 35). En este sentido, la atención de la DAP a los problemas de disponibilidad y accesibilidad por carencia o deficiencia de infraestructuras que afecta a colectivos sociales o étnicos territorialmente definidos, debe contribuir a la incorporación de este enfoque de manera explícita en nuestro país.
En el proceso de revisión de la DAP, sin embargo, y en el texto final, aunque se reitera la vinculación con la Iniciativa Right2Water, nunca se menciona el concepto de derecho humano al agua, ni el reconocimiento por Naciones Unidas de este derecho en el año 2010, sino que se habla exclusivamente de las condiciones del acceso al agua de consumo humano y de los objetivos de desarrollo del milenio (ODS). Los defensores europeos del agua pública, representados por Aqua Publica Europa (APE) y el Movimiento Europea del Agua (EWM) tuvieron que hacer grandes esfuerzos a lo largo de 2018 y principios de 2019 para evitar que los planteamientos referentes al DHAS fueran más severamente recortados a lo largo del complejo proceso de tramitación (Comisión, Consejo y Parlamento europeos). El 28 de mayo de 2020 EWM remitió una carta al Parlamento Europeo, a la Comisión y al Consejo, en la que se criticaba la redacción de texto finalmente consensuado y pedía expresamente a los parlamentarios que votaran negativamente a su aprobación.
Con respecto a la asequibilidad, toda la política de tarificación del agua en la Unión Europea debe tomar en consideración, de acuerdo con la DMA, los principios de la recuperación de costes y de quien contamina paga.
Sin embargo, de manera reiterada en la documentación de la revisión de la DAP se señala que “estos principios no impiden que los estados miembros adopten tarifas sociales o medidas que protejan a las poblaciones que se encuentren en una situación socioeconómica desfavorable, además de las medidas previstas en el nuevo artículo 13 [finalmente 16] de la presente Directiva”. Este compromiso está en consonancia con el ODS nº 6 y la meta asociada de «lograr el acceso universal y equitativo al agua potable a un precio asequible para todos». También en este caso, se abre un gran espacio de concreción al proceso de transposición: la responsabilidad principal en la actuación consecutiva y la revisión a escala nacional, regional y mundial de los avances para lograr dichos objetivos recae en los Estados miembros. “Los Estados miembros podrían servirse de los documentos de orientación elaborados en el ámbito de competencia de dicho Protocolo [de 1992, sobre el agua y la salud de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) y la Oficina Regional para Europa de la OMS], para evaluar el contexto de actuación y la situación de partida en relación con el acceso al agua y definir las medidas necesarias para mejorar el acceso equitativo para todos al agua destinada al consumo humano (considerando 34).
En realidad, la accesibilidad al agua, la sostenibilidad financiera y la eficiencia en el uso del agua deben abordarse en conjunto. Los problemas de acceso (físico) al agua para las personas vulnerables y la asequibilidad de los servicios de agua no se pueden separar, ya que puede ocurrir que una persona tenga acceso físico, pero no capacidad de pagar el servicio. Al mismo tiempo, la accesibilidad y la asequibilidad no se pueden abordar sin considerar la financiación sostenible de los servicios de agua y el papel de la tarificación en la promoción de la eficiencia del agua. Por lo tanto, la trasposición debe abordar estos principios juntos, ya que la realización de un principio puede tener efectos sobre los demás, y esta interacción debe considerarse de manera integral.

Gobernanza

En lo que se refiere al ámbito de la gobernanza, la revisión de la Directiva contiene avances importantes, referidos a información, transparencia, rendición de cuentas y acceso a la justicia, con referencia expresa al convenio de Aarhus, aunque se queda lejos de los planteamientos vigentes en el movimiento por el agua pública debatidos en el estado español. Por una parte, es importante la concreción de una lista de temas (artículo 14 del texto inicial que pasa al 17 en la versión refundida y Anexo IV Información al público) sobre los que, como mínimo y de manera obligatoria, todos los operadores europeos deben de ofrecer información, con actualización anual, tanto de manera directa al usuario (recibos u otros métodos), como en la página de internet correspondiente.
En el Anexo IV se incluye la obligación de informaciones importantes como: a) el rendimiento global del sistema de agua en términos de eficiencia y los índices de fugas; b) la estructura de propiedad del suministro de agua por parte del suministrador de agua; c) en caso de que los costes se recuperen mediante un sistema de tarificación, información sobre la estructura de la tarifa por metro cúbico de agua, incluidos los costes fijos y variables y los costes relacionados con las medidas previstas en el artículo 16 [tarifas sociales, etc.], en caso de que los suministradores de agua las hayan adoptado; d) resumen y estadísticas relativas a las reclamaciones de los consumidores recibidas por los suministradores de agua sobre cuestiones comprendidas en el ámbito de la presente Directiva; 8) datos históricos de hasta diez años de antigüedad a efectos de la información mencionada en los puntos 2 y 3.
Se echan en falta, sin embargo, algunos temas que se deberían incorporar en el marco jurídico español. Por ejemplo, no se garantiza nada sobre la información acerca de las condiciones contractuales que vinculan al operador del servicio con la administración responsable del agua; tampoco hay requisitos para la información sobre los flujos financieros (como la distribución de beneficios, pago de dividendos, honorarios de gestión).
Pero no solo hay que concretar el alcance de la información a suministrar, sino que también es fundamental concretar los instrumentos que hay que poner a disposición de la ciudadanía para garantizar su acceso; es decir, los sistemas de información que hagan posible la transparencia de la gestión de los servicios. Es especialmente importante el caso del Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC), en el que presenta deficiencias que afectan tanto a su gobernanza, como la recopilación de datos, la publicación de la información sobre el estado de la calidad del agua y la propia aplicación informática en la que se apoya el SINAC, a todas luces obsoleta y que, en todo caso, debe ser coherente con las políticas de datos abiertos promovidas por la Comisión Europea.
Por otra parte, respecto de la participación propiamente dicha en los procesos de decisión y específicamente en la elaboración de los instrumentos de planificación, el borrador de la revisión, aunque menciona como marco de referencia los contenidos del tratado de Aarhus, no dice nada concreto. Es significativo que entre las Opciones políticas que se manejaron en el proceso de consulta (2014-2015) se incluía una (Policy option 5.4. Governance: Responsible consumers) que proponía, por un lado, la constitución, a escala local (servicios de abastecimiento), de consejos específicos de consumidores (specific consumer board) para supervisar el funcionamiento y discutir decisiones con impacto sobre los consumidores, combinados con la implicación de representantes de los consumidores en el consejo de administración de la compañía. Y por otro, a escala nacional, la constitución de una asociación de consumidores para transmitir información a los consumidores, aportando asesoramiento a las políticas relacionadas con el abastecimiento, y apoyando a los consumidores en sus relaciones con los servicios de agua concretos. Todo esto, excluido en la fase de Evaluación de impacto, desapareció del borrador inicial.
Finalmente, el proceso de revisión de la DAP ha quedado al margen del debate sobre la prevalencia del modelo de gestión pública directa, de la resistencia a procesos de privatización y de impulso de experiencias de remunicipalización que constituyen el eje del movimiento social por el Agua Pública en España y en el conjunto de Europa. Aquí también, reconociendo, como en todos los demás temas, las constricciones del marco jurídico e institucional general, hay un recorrido posible para una transposición que quiera avanzar en la línea de lo que la racionalidad, el interés público y las experiencia más reciente en tiempos de pandemia muestran: la preferencia o prevalencia de un sistema de gestión público de un bien común, imprescindible, insustituible, institucionalizado como Derecho Humano y gestionado, necesariamente, en régimen de monopolio físico. Es ineludible en este caso hacer una referencia al informe de junio de 2020 del anterior Relator de NNUU para los DHAS Léo Heller, titulado Los derechos humanos y la privatización de los servicios de agua y saneamiento.
Por todo esto, la valoración de la nueva DAP no puede ser simple y remite a la gran importancia que tendrá el proceso de transposición: la DAP hace importantes avances respecto de la situación anterior pero no acaba de incorporar con rotundidad las implicaciones del DHAS. Como expresan las palabras de Jan W. Goudriaan, Secretario General de la Federación Sindical Europea de Servicios Públicos (FSESP) y Vicepresidente de la Iniciativa Ciudadana Europea Right2Water, “el hecho de que los Estados miembros tengan que hacer más esfuerzos para proporcionar un acceso al agua potable a los grupos vulnerables, incluyendo a los refugiados, es un logro para todos aquellos que apoyan la Iniciativa Right2Water. No obstante, me decepciona que la UE haya desperdiciado la oportunidad de convertirse en un líder mundial reconociendo este derecho en su legislación”. El reto del proceso de transposición es resolver positivamente esta decepción, que compartimos, en la escala del ordenamiento jurídico español.
Desde un punto de vista puramente técnico, hay que señalar, además, una serie de cuestiones:

  • Debe quedar claro en el documento de transposición que las responsabilidades de los operadores se limitan al sistema de suministro, hasta los puntos de entrega.
      • La calidad del agua en las captaciones es responsabilidad de la administración hidráulica.
      • La calidad del agua en las instalaciones interiores es responsabilidad de los propietarios y/o administración (edificios públicos).
      • Se deberá, por tanto, aclarar las responsabilidades en cuanto a la evaluación de riesgos y controles (ANEXO 1 Parte D), en relación a la aplicación de la evaluación de riesgos en los sistemas de distribución domiciliaria.
  • Se establece en la propuesta de Directiva un VP de 0.25 mg/L para Clorito/Clorato, pero indica en observaciones que únicamente debe medirse cuando se emplee método de desinfección que genere Clorito/Cloratos, y en estos casos se aplicará un límite 0.7 mg/L. No queda claro en qué casos aplicaría el límite de 0,25 mg/L.
  • Tampoco queda claro que esto aplique a otros desinfectantes que puedan aportar estos compuestos, como es el caso de soluciones de Hipoclorito que pueden aportar iones clorato, ya que “en particular” sólo hace referencia el Dióxido de Cloro.
  • En el caso de control operacional de turbidez para verificar periódicamente la eficacia de la eliminación física mediante procesos de filtración, Anexo II apartado 3, no queda suficientemente definida la localización del control.
Necesidad de Inversión

Finalmente, conviene señalar que este reto legislativo tiene que venir acompañado por un programa de inversiones adecuados impulsado por las administraciones.
En este sentido, desde AEOPAS sostenemos que una parte de los futuros fondos “Next Generation” tienen que contribuir a la gobernabilidad del agua y a los pilares de esta directiva, ya que la España posterior a la COVID-19 debe ser más transparente, más solidaria, más ecológica, más resiliente y mejor adaptada a los retos actuales y futuros.

27 de mayo de 2021

La empresa pública Chiclana Natural, de la mano de la Asociación Española de Operadores Públicos de Abastecimiento y Saneamiento (AEOPAS) y en colaboración con el Colegio Oficial de Arquitectos de Cádiz, ha puesto en marcha un concurso para la creación de una fuente pública de agua potable para el municipio de Chiclana cuyo diseño será, en la medida de lo posible, representativo de la historia, la cultura, el paisaje urbano o el entorno natural de la localidad, una iniciativa que nace como parte de un proyecto que tiene como objetivo facilitar el acceso al agua de grifo en los espacios públicos.

Fuente: Diario de Cádiz

3 de junio de 2021

Chiclana y AEOPAS lanzan una campaña para concienciar sobre los pequeños residuos

La iniciativa tiene como objetivo sensibilizar y concienciar a la ciudadanía sobre las graves consecuencias que pueden provocar los pequeños residuos que arrojamos al suelo o a las alcantarillas.
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Fuente: Diario de Cádiz

5 de junio de 2021

El Ayuntamiento de Coria del Río, Emasesa, y la Asociación Española de Operadores Públicos de Abastecimiento y Saneamiento (AEOPAS) colocan placas informativas junto a los imbornales con el mensaje “No tires nada. El río empieza aquí”.

El Ayuntamiento de Coria del Río, Emasesa, y la Asociación Española de Operadores Públicos de Abastecimiento y Saneamiento (AEOPAS) colocan placas informativas junto a los imbornales con el mensaje “No tires nada. El río empieza aquí”

Fuente: Diario de Sevilla

10 de junio de 2021

La Junta de Extremadura, las diputaciones y AEOPAS reivindican más fondos europeos para infraestructuras de depuración y abastecimiento.

La Junta de Extremadura, las diputaciones de Badajoz y Cáceres y la Asociación Española de Operadores Públicos de Abastecimiento y Saneamiento (AEOPAS), han analizado los principales problemas asociados a la gestión del ciclo integral del agua en los pequeños y medianos municipios de la región., durante una reunión celebrada en Mérida.

Junio de 2021

Taller de evaluación de la gestión de EMASESA 2020.

El Taller de Evaluación tenía cuatro objetivos:

  1. Dar a conocer la evaluación de los impactos sociales, económicos y ambientales de la actividad de EMASESA durante el ejercicio 2020 según están recogidos en el EINF.
  2. Obtener valoraciones, sugerencias y aportaciones para la mejora de la gestión en los ámbitos de impacto evaluados en el EINF.
  3. Dar un primer paso en la evaluación participada de la gestión de EMASESA y
    Obtener sugerencias de posibles mejoras sobre el contenido del EINF.
Junio de 2021

Día Mundial de Lucha contra la Desertificación y la Sequía 2021

Las precipitaciones acumuladas en España desde que el pasado 01 de octubre de 2020, momento en el que comenzó el año hidrológico, hasta el 4 de junio de este mismo años, están en torno a un 9% por debajo de lo normal debido a que el volumen de lluvia medio en el conjunto del país ha pasado de una media de 521 litros/metro2 a 475 litros/metro2 según los datos semanales de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET).

Situación actual

La situación de los embalses no es muy satisfactoria y según datos del 10 de junio aportados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), éstos se encuentran al 59,2% de su capacidad total. De este modo, en la actualidad, la reserva hidráulica está un 17,37% por debajo de la media de los últimos diez años y guarda un 10,06% menos agua que en las mismas fechas del año pasado.
Por eso, la Asociación Española de Operadores Públicos de Abastecimiento y Saneamiento, AEOPAS, con motivo del Día Mundial de la Sequía, señala que “Si en los estados de normalidad hay que tener un cuidado extremo con el uso del agua, en situaciones de escasez y de sequía, no podemos, en ningún caso, improvisar”, según Luis Babiano, gerente de AEOPAS. Esto obliga, en su opinión, a mejorar las capacidades para hacer frente a episodios de escasez severa e, incluso, de desabastecimiento, mediante la prevención y la planificación.
En este contexto ha situado la labor de muchos operadores públicos de agua que ya han aprobado o están aprobando los Plan de Emergencia ante situaciones de Sequía. Desde Aeopas se apuesta por unos planes más ambiciosos a los marcados por la ley y recomienda la adopción con una metodología participativa, basada en el diálogo y de consenso con actores implicados en la gestión del agua, entidades, organizaciones, agentes sociales y económicos y otras administraciones públicas.
“No podemos evitar la sequía, pero si podemos reducir en gran medida sus efectos negativos y para eso se necesita la planificación y la corresponsabilidad puesto que es imprescindibles situar al ciudadano en el centro de la ecuación”, ha afirmado Luis Babiano, para quien resulta fundamental la labor de las campañas de sensibilización “Sin concienciación no habrá solución al problema por muchas medidas que adoptemos”. En ese sentido, la organización aprovecha la importancia del Día Mundial de la Sequía para iniciar una campaña de concienciación de ahorro del agua, con el fin de insistir que el agua disponible en la naturaleza para el uso humano es un recurso limitado.
La sequía es un fenómeno meteorológico extremo. A medida que el fenómeno del calentamiento global se hace más patente en nuestro planeta, sus efectos son más perceptibles dentro del ciclo hidrológico, motivo por el cual los científicos pronostican sequías e inundaciones más prolongados y habituales. Para evitar sus efectos negativos tenemos que ser corresponsables y hacer un uso adecuado del agua.

Junio de 2021

“Mesa de Evaluación del Ciclo Urbano del Agua”

Por parte del MITERD:
  • Director General del Agua (Teodoro Estrela) (Excusa su ausencia).
  • Asesor del Gabinete del Secretario de Estado de Medio Ambiente (Manuel Menéndez) que ejerce como Coordinador de la Mesa.
  • Presidenta de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla (Paca Baraza).
  • Subdirector General de Protección de las Aguas y Gestión de Riesgos (Javier Sánchez).
  • Jefa de la Unidad de Apoyo del Director General del Agua (Maria Luisa Serrano).
  • Coordinadora Técnica Científica en la Unidad de Apoyo del Director General del Agua (Concepción Marcuello) (Excusa su ausencia).
  • Jefe de Área de Gestión y Coordinación en la SG de Planificación Hidrológica (Javier Ruza).
  • Consejero Técnico en la SG de Protección de las Aguas y Gestión de Riesgos de la DG Agua (Carlos Escartín).
Por parte del Ministerio de Sanidad:
  • Jefa del Área de Calidad Sanitaria y Riesgos Ambientales (Margarita Palau).
Por parte de las entidades locales:
  • Subdirector de Economía Circular, Salud y Biodiversidad de la FEMP (Luis Mecati).
Por parte de los operadores:
  • Presidente de AEAS (Fernando Morcillo).
  • Gerente de AEOPAS (Luis Babiano).
  • Presidente Institucional de AGA (Manuel Marchena).
Por parte de las organizaciones sindicales:
  • Secretaría de Medio Ambiente de CCOO (Pablo Frutos y Mariano Sanz).
  • Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente de UGT (Manuel Riera).
Por parte de las organizaciones de consumidores y usuarios:
  • Responsable del Área de Medio Ambiente de la OCU (Belén Ramos) (Excusa su ausencia).

El principal tema de la mesa fue Información y debate sobre los trabajos de trasposición de la Directiva UE 2020/2184 sobre “Calidad de las Aguas destinadas al Consumo Humano”.
El Ministerio de Sanidad aclaró que durante la consulta pública previa, ya realizada, se recibieron unas 1.500 observaciones. Tras ella, han realizado una consulta informal a las administraciones públicas (AGE, CCAA y EELL) y a las principales asociaciones de operadores en el sector.
Con la información recabada, están preparando un borrador de la transposición que, previsiblemente durante el mes de julio, se pondrá a disposición pública en Internet en un trámite de audiencia en el que cualquiera puede realizar alegaciones. En paralelo, solicitan observaciones en una consulta dirigida a las partes interesadas (asociaciones profesionales, sociedades científicas, etc). El plazo de contestación es de quince días hábiles.
Tras este trámite, y una vez analizadas y, en su caso, incorporadas las alegaciones y observaciones recibidas, el nuevo texto del Real Decreto de trasposición debe pasar por diversas comisiones y consejos que emiten informe. Entre ellos, el Consejo Nacional del Agua y el Consejo Asesor de Medio Ambiente. Posteriormente, dependiendo de los temas a tratar, se remite para consultas a los distintos ministerios competentes y finalmente al Consejo de Estado que evacua informe en un plazo normalmente de entre tres y seis meses. Finalmente, se incluye en la Comisión de Secretarios de Estado y Subsecretarios para su remisión al Consejo de Ministros.
Tras la presentación, se realiza una ronda de intervenciones de los miembros de la Mesa.
AEOPAS destaco dos temas. Por una parte, la necesidad de prever la financiación de los costes que exigen los nuevos requerimientos de la Directiva. Por ejemplo, en lo que se refiere a la falta de reposición de las redes sobre todo en municipios menores de 25.000 habitantes. No siempre es una cuestión de inversiones y así el MITERD debería contemplar medidas como las de mejora de la gobernanza que incluyan la creación de entes supramunicipales de gestión. También preocupan las necesidades de adaptación de los laboratorios propios de calidad de las aguas que debería realizarse sin dilapidar lo ya invertido.
Considera, por otra parte, que es urgente que el MITERD se plantee abrir los fondos de recuperación europeos a estos temas, encaminando la financiación a los entes locales, sobre todo en municipios pequeños.
El Ministerio de Sanidad puntualiza que el control del cumplimiento de los nuevos requerimientos es competencia de las Comunidades Autónomas. AEOPAS está de acuerdo en lo que se refiere a los aspectos relacionados con la calidad, pero no así en otros, como en lo referido a las fugas en las redes, donde el competente debería ser el MITERD.
El MITERD consideró que la AGE tiene competencias en la propia disminución de las fugas en las redes y no sólo en su control, pero precisa medios para ejercer esa competencia y eso no es algo que pueda realizarse a muy corto plazo. AEOPAS considera conveniente solicitar un informe jurídico a la Abogacía del Estado que clarifique la cuestión de las competencias.
Durante la reunión también se nos facilitó información sobre el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
MITERD informo sobre algunos aspectos del Plan. Para el agua, se van a gestionar más de 1.600 millones de euros, de los que aproximadamente la mitad se dedican al ciclo urbano.
Hasta la fecha, se han definido dos líneas de subvenciones a través de las comunidades autónomas. Una línea de subvenciones para saneamiento en pequeños núcleos, de 100 millones de euros, ya está aprobada por Consejo de Ministros y se están materializando las transferencias a las comunidades autónomas que son las que realizan las convocatorias específicas. Una segunda línea ha comenzado a tramitarse la semana pasada y está también dotada con 100 millones de euros. Se destina a la “Mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios” (hasta 20.000 habitantes) y, de forma análoga a la destinada al saneamiento, se canaliza a través de las comunidades autónomas.
Está prevista una tercera línea de subvenciones que se va a destinar a la recuperación ambiental y renaturalización de tramos fluviales urbanos. En este caso, se está intentando que los fondos se dirijan directamente a los ayuntamientos mediante procedimientos convocados por el MITERD de concurrencia competitiva. Estamos, en todo caso, a la espera de la aprobación del Real Decreto que regulará los fondos de Recuperación Transformación y Resiliencia que gestiona la Secretaría de Estado de Medio Ambiente. Además estamos pensando en otras colaboraciones directamente con los ayuntamientos como, por ejemplo, las referidas a los sistemas de control de las descargas en los sistemas unitarios que permitan, en entre otros objetivos, llevar a la práctica las previsiones del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, tal y como hemos tratado en otras reuniones de la Mesa del Ciclo Urbano del Agua. Webinar sobre “Agua y Energía: El papel de los operadores públicos en la transición ecológica”

1 de julio de 2021

Webinar sobre “Agua y Energía: El papel de los operadores públicos en la transición ecológica” con un total de 253 profesionales inscritos, procedentes de España, Portugal y América Latina.

Debido a la importancia del cambio climático, los efectos que las emisiones de CO2 están teniendo en el planeta, ha provocado la necesidad y casi la obligación de una serie de acuerdos, tanto europeos como mundiales, con el objetivo de paliarlos.

    Por ello AEOPAS, en colaboración con AGUASRESIDUALES.INFO, celebramos ayer este webinar donde pudimos ver las experiencias que algunos operadores públicos de agua y saneamiento tienen en el campo de la energía, su impacto en la huella de carbono y la búsqueda de las posibilidades que tienen los operadores públicos en formar comunidades energéticas en un futuro.
    Como en otras ocasiones, después de las presentaciones de los ponentes abrimos una ronda de preguntas, donde los profesionales inscritos tuvieron la oportunidad de resolver sus dudas y consultas.
    Además este seminario también quedo reflejado en el siguiente artículo de prensa estatal Las empresas municipales del agua abren la vía local hacia las soberanías energéticas.

    1 de julio de 2021

    EMPROACSA y AEOPAS se reunieron para estudiar cómo actuar ante la sequía.

    Representantes de la Empresa Provincial de Aguas de Córdoba (Emproacsa) y de la Asociación Española de Operadores Públicos de Abastecimiento y Saneamiento (AEOPAS) han mantenido recientemente un encuentro para analizar la situación que la actual sequía está generando y cómo satisfacer la demanda de abastecimiento a las poblaciones de la provincia de Córdoba.

      En dicho encuentro, Emproacsa ha informado de las actuaciones que está realizando en colaboración con los ayuntamientos, a los que se ha ofrecido apoyo en el desarrollo de medidas de racionalización y reducción del consumo de agua potable.
      En este sentido, el organismo dependiente de la Diputación ha puesto en marcha campañas de concienciación de ahorro de agua, de búsqueda y reparación de fugas, para la reducción del riego de zonas verdes, cancelación del baldeo de calles o para el aprovechamiento de recursos hídricos alternativos.
      En esta reunión, ambas entidades han acordado profundizar en su cooperación para el desarrollo de actuaciones destinadas a la ciudadanía desde los objetivos que ambas comparten, la defensa del agua como bien común y gestión de la misma desde el interés general.

      1 de julio de 2021

      Marco integrado de información para las empresas públicas andaluzas: una oportunidad para la mejora de la transparencia y la innovación.

      AEOPAS estuvo presente en la jornada Marco integrado de información para las empresas públicas andaluzas: Una oportunidad para la mejora de la transparencia y la innovación, organizada por la Universidad de Cádiz, donde se han desarrollado diferentes mesas redondas sobre la transparencia en los entes públicos desde diferentes perspectivas y se han presentado algunos de los resultados más relevantes de este proyecto de investigación en el que colabora las empresas públicas de Chiclana y de la ciudad de Cádiz.
      En este sentido, el gerente de AEOPAS estuvo en la mesa redonda Visión de la transparencia de las empresas municipales desde las gerencias (Barreras y Aceleradores).La mesa estuvo moderada por el Gerente de Aguas de Cádiz, D. Jesús Oliden Rodríguez- Sánchez, y con la participación de Aguas de la Sierra de Cádiz, de EMSISA de Chiclana de la Frontera y del Grupo Gen de Puerto Real.
      Asimismo, el vicepresidente de Aeopas y gerente de Chiclana Natural, Santiago Gutiérrez, también intervino en la jornada de la UCA llevando a cabo la presentación de la guía del Informe Integrado para empresas del sector de distribución del agua.
      El objetivo de este proyecto coordinado por la UCA, con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo regional (FEDER), es un análisis de la divulgación de información de las empresas públicas andaluzas, verificando el uso de herramientas que promuevan la transparencia, y la elaboración de una guía que incluye información útil para que estas entidades puedan implementar medidas que mejoren los procesos de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Dicha guía permitirá medir de manera homogénea, estandarizada y conforme a unas directrices comunes la información medioambiental, social, financiera y sobre gobierno corporativo publicada por las empresas públicas, al objeto de facilitar la posterior comparación entre las mismas o incluso promover el aseguramiento de su contenido.

        E-mail: info@aeopas.org

        Dirección: Dr. González Caraballo 1. Edif. Porta Sevilla. Módulo 138. CP: 41020. Sevilla.

        Telf.: 955 40 85 06

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